FUNCIONES ESPECIFICAS DE LA AGENCIA ANTIDROGAS DE SALTA

El decreto N° 4827 de creación de la Agencia Antidrogas de la Provincia de Salta establece como sus funciones específicas:

  • ARTÍCULO 1°:

    Créase en el ámbito del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y bajo su dependencia inmediata, la Agencia Antidrogas de la Provincia Salta, con el objetivo de asistir al Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en la planificación y programación de las acciones a llevar adelante en materia de lucha contra el narcotráfico en el ámbito provincial.

  • ARTÍCULO 2°:

    La Agencia Antidrogas de la Provincia de Salta, tendrá, entre otras las siguientes funciones:

    • Colaborar en la elaboración de una política provincial en materia de lucha contra el narcotráfico, desarrollando y ejecutando los planes y programas que le sean encomendados al respecto.
    • Facilitar y Coordinar las relaciones entre la Policía de la Provincia de Salta, la Justicia Federal, las fuerzas de seguridad nacionales y demás organismos para una mejor interrelación en la lucha contra el trafico de drogas en el ámbito provincial y colaborar con sus autoridades en las acciones que le sean requeridas a estos fines en el marco de su competencia
    • Proponer al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos la elaboración de estrategias de acción para la Policía de la Provincia, para una mayor eficacia en la lucha contra el narcotráfico.
    • Brindar capacitación al personal policial con relación a la investigación y obtención de pruebas acerca del trafico ilícito de estupefacientes y a los aspectos legales vinculados a esos delitos.
    • Brindar capacitación y asesoramiento en materia de lucha contra el narcotráfico a recursos humanos estatales, docentes, profesionales, líderes sociales y demás miembros de la comunidad.
    • Actuar como autoridad de Aplicación y/o como órgano de coordinación a nivel provincial de los planes y programas nacionales de lucha contra el narcotráfico.
    • Vincularse con organismos y organizaciones nacionales e internacionales dedicada a la lucha contra el narcotráfico.
    • Propender a la mejor utilización por parte de la Policía de la Provincia de las herramientas previstas en la Ley N°23737 o la que en el futuro la reemplace; para una mayor efectividad en la lucha contra el narcotráfico.
    • Implementar mecanismos adecuados para la recepción de información o denuncias con inmediata comunicación-en caso de corresponder- a las autoridades pertinentes.
  • ARTÍCULO 3°:

    La Agencia Antidrogas de la Provincia de Salta estará a cargo de un Director Ejecutivo, el que tendrá, entre otras, las siguientes responsabilidades:

    • Realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del objeto de la Agencia de acuerdo a lo establecido en el artículo 1° del presente.
    • Proponer al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos estrategias prevencionales y sugerencias operativas –generales y particulares- vinculadas con la actuación de la Policía de la Provincia en materia de lucha contra el narcotráfico.
    • Mantener información actualizada acerca de nuevas sustancias toxicas y precursores químicos, como así también de las modalidades de tráfico y consumo.
    • Realizar un seguimiento permanente de la jurisprudencia de los tribunales federales y, en su caso, provinciales, en los procesos por tráfico de estupefacientes a los efectos de ajustar a ellos la actuación judicial.
    • Realizar un seguimiento permanente de los procesos judiciales seguidos ante los tribunales federales y, en su caso, provinciales, en la medida en que sea posible de acuerdo a las restricciones procesales, analizando los resultados obtenidos para una mayor eficiencia en operativos futuros.
    • Confeccionar estadísticas y conformar las bases de datos necesarias para un mejor conocimiento de las circunstancias relevantes sobre el tráfico de estupefacientes en el orden provincial.
    • Difundir las acciones que lleve adelante el Gobierno Provincial en materia de lucha contra el narcotráfico.
    • Suscribir convenios y acuerdos en el marco de su competencia, con organismos provinciales, nacionales e internacionales vinculados a la lucha contra el narcotráfico, con aprobación del Poder Ejecutivo.
  • ARTÍCULO 4°:

    Apruébase la incorporación del cargo de Director Ejecutivo de la Agencia Antidrogas de la Provincia de Salta.

  • ARTÍCULO 5°:

    Autorizase al Ministerio de Finanzas y Obras Publicas a efectuar las reestructuraciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente instrumento.

  • ARTÍCULO 6°:

    El Presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, de Finanzas y Obras Públicas y Secretario General de la Gobernación.

  • ARTÍCULO 7°:

    Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-